1. APLICABILIDAD DE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES

     Los términos y condiciones que se establecen a continuación (los “Términos y condiciones”) regirán y se aplicarán a (A) el almacenamiento y el servicio de MEGA ARCHIVOS (en conjunto, los “Servicios de almacenamiento”) en relación con el almacenamiento de documentos, el almacenamiento de medios, el almacenamiento en estanterías abiertas, las imágenes digitales (y servicios de imágenes) y registros y otros artículos en depósito (en conjunto, los “Registros”); y (B) los servicios de MEGA ARCHIVOS para la destrucción segura de Registros (los “Servicios de destrucción” y, en conjunto con los Servicios de almacenamiento, los “Servicios”) que se presten a cualquier persona o entidad (el “CLIENTE”) en ausencia de un acuerdo por escrito actualmente exigible entre el CLIENTE y MEGA ARCHIVOS con respecto a dichos Servicios. La propuesta de cualquier artículo para almacenamiento por parte del CLIENTE a MEGA ARCHIVOS (o cualquier predecesor de MEGA ARCHIVOS) o la custodia real por parte de MEGA ARCHIVOS de cualquier artículo del CLIENTE para su almacenamiento, o la solicitud de otros Servicios de MEGA ARCHIVOS, o el pago por parte del CLIENTE de cualquiera de dichos Servicios, constituirá la aceptación del CLIENTE de todos estos Términos y condiciones. Si el CLIENTE emite una orden de compra, un memorando o cualquier otro instrumento que pretenda pagar los Servicios y que no sea aceptado por escrito por el personal autorizado de ACCESS, dicha orden de compra, memorando u otro instrumento servirá únicamente para fines internos del CLIENTE y no será vinculante para MEGA ARCHIVOS, ya sea que se comunique antes o después del inicio de los Servicios. Todo acuerdo actualmente exigible entre el CLIENTE y MEGA ARCHIVOS con respecto a los Servicios reemplazará estos Términos y condiciones. Para los fines de estos Términos y condiciones, “MEGA ARCHIVOS” significa la subsidiaria o filial en particular de Access CIG, LLC que presta los Servicios al CLIENTE.

    1. OBJETO DEL CONTRATO

    Por el presente instrumento, el CLIENTE encomienda a MEGA ARCHIVOS, quien acepta, la prestación de los servicios de almacenamiento, custodia, administración, eventual destrucción de los archivos de su propiedad y servicios integrales de informática (en adelante los “Servicios”), en los términos y condiciones previstos en el presente Contrato y sus Anexos, los que pasan a formar parte integrante del mismo para todos los efectos legales.

    1. PRECIO DE LOS SERVICIOS

     Por la prestación de los Servicios objeto del presente Contrato, el CLIENTE pagará a MEGA ARCHIVOS un precio o tarifa mensual establecida en el Anexo de Condiciones Comerciales y Tarifas del Contrato (en adelante Anexo N°2), dentro de plazo establecido en el referido Anexo. En caso de mora o simple retardo en el pago de los Servicios, la cantidad adeudada devengará el máximo interés permitido por la ley para operaciones de esta naturaleza hasta su pago efectivo.

    El precio de los Servicios contratados, se pagará durante toda la vigencia del presente Contrato. Con todo, y de conformidad a lo indicado en el Anexo N°2, esto incluye: (a) las cajas que han sido consideradas stock inicial, que se define como la documentación que se retira desde las dependencias del cliente o del proveedor en la etapa inicial; y (b) toda caja de crecimiento, que se define como las nuevas cajas con documentación ingresadas posterior a la primera etapa, la cual se reflejará en la facturación mensual, salvo la destrucción de archivos que haga MEGA ARCHIVOS a solicitud de CLIENTE.

    1. LIMITACION DE RESPONSABILIDAD

    MEGA ARCHIVOS será responsable del almacenamiento, custodia, administración y eventual destrucción de los documentos que el CLIENTE ponga a su disposición de acuerdo a las reglas generales del derecho, respondiendo en consecuencia hasta de la culpa leve.

    La responsabilidad de MEGA ARCHIVOS a raíz de la pérdida, daño o cualquier otra situación que pudiera afectar a las cajas, archivos y documentos entregados por el CLIENTE  quedará limitada a los perjuicios directos y previstos que pueda sufrir el CLIENTE, excluyéndose expresamente el lucro cesante, la pérdida de imagen y prestigio comercial, de oportunidades de negocios y el daño moral, con un límite total, global y absoluto de responsabilidad equivalente al 100% del total de la facturación del último mes efectuada por MEGA ARCHIVOS al CLIENTE conforme al presente Contrato.

    En caso de pérdida o daño del contenido de una caja(s) que esté bajo la custodia de MEGA ARCHIVOS en sus instalaciones o de una valija compuesta de documento(s), caja(s) o paquete(s) que esté en el proceso de traslado hacia las instalaciones de MEGA ARCHIVOS, la responsabilidad civil MEGA ARCHIVOS por el contenido perdido o dañado se limitará al monto equivalente a 1 (un) Dólar de los Estados Unidos de América por caja o valija.

    Si el CLIENTE desea guardar contenidos en las cajas de almacenamiento que se encomiendan a MEGA ARCHIVOS, cuyo valor sobrepase el límite antes referido, lo hará bajo su exclusivo riesgo, debiendo, si así lo desea, proceder a la contratación de un seguro adicional que cubra el riesgo de pérdida o daño de dicho contenido a su exclusivo costo.

    Las limitaciones de responsabilidad antes señaladas no serán aplicables en caso de incumplimiento imputable al dolo o culpa grave de MEGA ARCHIVOS.

    1. RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES

    El CLIENTE es responsable de la documentación contenida en las cajas, o medios virtuales que entrega para almacenamiento, administración y custodia a MEGA ARCHIVOS, y en ningún caso MEGA ARCHIVOS será responsable del contenido de las cajas más allá del límite establecido en la cláusula precedente.

    El CLIENTE será responsable de indemnizarle por todos los perjuicios que pudiera causarle a MEGA ARCHIVOS por daños que pudiesen causar los archivos recibidos en custodia, incluidos los pagos de honorarios de abogados.

    Las partes dejan expresa constancia que el rol que MEGA ARCHIVOS asume en virtud de este Contrato es únicamente el almacenamiento, custodia, administración y, eventualmente, destrucción de los documentos que hayan sido puestos a su disposición por el CLIENTE.

    MEGA ARCHIVOS será responsable de mantener las instalaciones adecuadas en bóveda y bodega, disponibles en infraestructura física tales como racks y estanterías, óptimas para el almacenamiento y custodia de las cajas de documentos, materiales óptimos técnicamente para el almacenamiento de los documentos, equipamiento para el control de inventarios, tecnologías y códigos de barra, equipos técnicos óptimos para la prevención de incendios, y seguros asociados específicos en caso de siniestros, todo ello especificado en el Anexo de Condiciones Técnicas(en adelante Anexo N°1) del presente Contrato.

     

    1. RESPONSABILIDADES LABORALES

    Los servicios que preste MEGA ARCHIVOS al CLIENTE, sea en dependencias propias o del CLIENTE, se ejecutarán por intermedio de su personal contratado, que deberá tener la competencia, idoneidad y capacidad suficiente para intervenir en los diversos servicios contratados, y que esté sometido a niveles de supervisión que puedan controlar permanentemente la calidad y oportunidad de los trabajos asignados.

    Los trabajadores descritos en el párrafo anterior no tendrán ni llegarán a tener vínculo de dependencia ni subordinación alguna con respecto al CLIENTE ni tendrán ni llegarán a tener relación laboral alguna con el mismo por la circunstancia de desempeñarse en la ejecución del presente contrato, circunstancias que MEGA ARCHIVOS declara conocer y aceptar expresamente.

    Las remuneraciones, gratificaciones, bonos o incentivos que MEGA ARCHIVOS asigne u otorgue a sus trabajadores serán de su exclusivo costo y cargo.

    En consecuencia, será de exclusiva obligación, cargo y responsabilidad de MEGA ARCHIVOS, el pago de las remuneraciones, impuestos, imposiciones y cotizaciones laborales, provisionales, de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y otros que procedan, así como de todos los gastos e indemnizaciones que correspondan al personal de su dependencia a causa de enfermedades profesionales, lesiones corporales, muerte, producto de accidente u otros, en el cumplimiento de los servicios que se refiere este contrato.

    1. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

    MEGA ARCHIVOS se obliga expresamente mientras dure el presente Contrato y hasta 2 años después de su terminación, a no revelar en cualquier forma a terceros cualquier información o antecedente reservado del CLIENTE, de sus empresas relacionadas, de sus proveedores y de sus Clientes, sean estas últimas empresas o personas naturales.

    Ambas Partes se comprometen tanto por sí, como por su personal y/o asesores, a guardar con estricta confidencialidad y secreto los datos, conocimientos y/o información escrita u oral que adquieran en ocasión o con motivo de la ejecución de este Contrato. A su vez, reconocen que la información que reciban es de propiedad exclusiva de la otra Parte y tiene carácter de confidencial y secreto. Debido a ello, ambas Partes se comprometen a no reproducir, divulgar, comentar o difundir la información, por la vía que sea a terceras personas. También se obligan a que sus asesores y contratistas se comprometan a guardar con confidencialidad y secreto la información. Asimismo, ambas Partes se comprometen a utilizar dicha información al sólo efecto de cumplir con el presente Contrato y a no hacer un posterior uso de la información sin autorización expresa y por escrito de la otra parte.

    MEGA ARCHIVOS se obliga por sí y sus trabajadores a mantener la más estricta confidencialidad respecto de toda y cualquier información que tome conocimiento con ocasión del Contrato, sea cual fuere la forma en que se contenga e incorporar en los contratos de trabajo del personal que se destine a la prestación de los Servicios, una cláusula de confidencialidad relativa a la información que reciban en el ejercicio de sus labores, similar a la pactada en el presente Contrato.

    La obligación de mantener la confidencialidad y abstenerse de usar información no se aplicará cuando (a) pueda probarse que MEGA ARCHIVOS ya conocía la información antes de la revelación, (b) terceros le dieran acceso a la MEGA ARCHIVOS a la información, sin infringir derechos con respecto a la otra Parte; (c) la información sea o pase a ser de dominio público, sin participación de MEGA ARCHIVOS, (d) la legislación aplicable le exija a MEGA ARCHIVOS revelar la información, o (e) sea información que MEGA ARCHIVOS deba revelar por un requerimiento legal emanado de la autoridad judicial o administrativa.

    MEGA ARCHIVOS se obliga a restituir al CLIENTE, una vez terminado el presente contrato, toda la información recibida en virtud del mismo, salvo por los eventos de destrucción de archivos regulados en la cláusula 10 del presente Contrato.

    MEGA ARCHIVOS deberá garantizar la seguridad del servicio que entrega al Cliente, aplicando los siguientes controles:

    • Controles de antivirus y antimalware, debidamente actualizados, en los componentes TI de MEGA ARCHIVOS.
    • Controles de mitigación de ataques externos a la red local de MEGA ARCHIVOS.
    • Controles para garantizar que los sistemas operativos que utiliza MEGA ARCHIVOS para entregar el servicio al Cliente, tenga actualizado los parches de seguridad.
    • Garantizar que el intercambio de información personal y confidencial entre MEGA ARCHIVOS y el Cliente viaje cifrada.

     

    1. AUDITORÍAS

    MEGA ARCHIVOS faculta al CLIENTE para inspeccionar y/o auditar, a fin de revisar los procesos y procedimientos utilizados por éste para la correcta ejecución del presente Contrato como asimismo para realizar auditorías programadas en terreno.

    MEGA ARCHIVOS se obliga a permitir en todo momento que el CLIENTE y/o cualquier empresa que al efecto sea designada por el mismo, efectúe las auditorías señaladas precedentemente y a otorgar todas las facilidades y proporcionar todos los antecedentes requeridos con el objeto de poder realizar la referida auditoria.

    Con todo, en el ejercicio de esta facultad el CLIENTE se compromete a no interferir el normal funcionamiento de MEGA ARCHIVOS.

    El costo de tales inspecciones y auditorías serán de cargo exclusivo del Cliente.

    1. PROPIEDAD INTELECTUAL

    Todas las invenciones, descubrimientos, mejoras, especificaciones, códigos fuente, códigos objeto, programas, documentación, diseños, métodos, elementos, sistemas, software y escritos y, en general cualquier material protegido bajo las leyes de propiedad intelectual, industrial, marcas, patentes, modelos, derechos de autor y secretos comerciales, que cada parte diseñe y desarrolle, para los Servicios objeto de este contrato serán propiedad exclusiva de dicha Parte.

    1. VIGENCIA

    El plazo de vigencia del Contrato  comenzará a regir a contar de la Fecha Efectiva del Contrato y será el establecido en el Anexo N°2, se renovará por períodos iguales y sucesivos del mismo plazo establecido el referido Anexo, salvo que alguna de las partes manifieste a la otra su intención de no perseverar en el mismo, mediante comunicación enviada en tal sentido por medio de carta certificada con una anticipación de, a lo menos, 90 días corridos previo al vencimiento del plazo originalmente convenido o a la prórroga en curso.

    No obstante el plazo de duración convenido, cualquiera de las partes que corresponda podrá poner término anticipado e ipso facto al presente contrato, con efecto inmediato desde la comunicación escrita enviada en tal sentido, despachada por medio de correo certificado, en los siguientes casos:

    1. Si se iniciare un proceso concursal de liquidación en contra de una de las Partes o se encontrare en estado de notoria insolvencia;
    2. En caso que el CLIENTE incurriere en mora o simple retardo igual o superior a 10 días en el pago del precio de los Servicios; y
    3. Si una de las Partes incurriere en incumplimientos graves y reiterados de las obligaciones que le impone el presente Contrato y, representado el hecho por escrito, no adoptare las medidas tendientes a subsanar el incumplimiento dentro de los 10 días siguientes de que sea requerida por medio de la comunicación por escrito.

    El retiro por parte del CLIENTE, ya sea total o parcial de las cajas de las bodegas de MEGA ARCHIVOS, para los fines del cumplimiento del presente Contrato, en ningún caso podrá calificarse de término o suspensión del presente Contrato, el que sólo podrá terminarse en conformidad a lo dispuesto en la presente cláusula. Asimismo, tampoco constituirá causal de término del presente Contrato la disolución y/o término de giro del Cliente, en cuyo caso el presente Contrato continuará vigente entre MEGA ARCHIVOS y la sociedad matriz o sucesor legal del Cliente.

    1. RETIRO DE CAJAS A LA TERMINACION DEL CONTRATO

    Al término del Contrato, por cualquier causa, el CLIENTE deberá cancelar, previo al retiro de sus cajas, el monto establecido bajo el punto vencimiento de Contrato que figura en el Anexo N°2.

    En el evento de la terminación del presente Contrato, por cualquier otra causa que no fuere la consumación natural del mismo, MEGA ARCHIVOS enviará una comunicación escrita al CLIENTE, para que dentro de un plazo de 10 días proceda al pago de la tarifa de vencimiento de contrato y al retiro de sus cajas. Si transcurrido dicho plazo el CLIENTE no efectuare tal pago y/o retiro de cajas, MEGA ARCHIVOS dará una nueva comunicación escrita al CLIENTE, para que dentro de un plazo de 5 días proceda al pago de la tarifa de vencimiento de contrato y al retiro de sus cajas. Si transcurrido este nuevo plazo de 5 días sin que el CLIENTE efectuare tal pago y/o retiro de cajas, MEGA ARCHIVOS podrá proceder, sin que ello le reporte responsabilidad alguna, a la destrucción de los archivos almacenados, salvo por aquellos documentos respecto de los cuales las leyes especiales establezcan especiales deberes de custodia que impidan su destrucción y que hayan sido identificados e informados por escrito por parte del CLIENTE a MEGA ARCHIVOS en forma previa a su entrega (en adelante los “Documentos Especiales”). Tratándose de los Documentos Especiales, habiendo transcurrido el plazo de 5 días sin que el CLIENTE haya pagado la tarifa de vencimiento de contrato y haya procedido al retiro de sus cajas, MEGA ARCHIVOS adoptará las medidas que estime pertinentes conforme a la legislación aplicable, pudiendo entre otros derechos, seguir almacenando dichos Documentos Especiales un precio equivalente a tres veces el precio de los Servicios contratos en virtud del presente Contrato.

    1. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.

    MEGA ARCHIVOS no será responsable por las pérdidas, daños, retrasos o cualquier otra forma de incumplimiento de los Servicios encomendados por el presente Contrato que pueda afectar al CLIENTE, que sea resultado de algún caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo, pero no limitado, a acciones bélicas, insurrección, revolución o contienda civil, guerra civil o acciones hostiles, actos de enemigo público, actos de autoridad, regulaciones legales y reglamentarias, incendios y terremotos siempre que sus sistemas de contención fallaren por causas ajenas a MEGA ARCHIVOS, maremotos, aluviones, inundaciones, tormentas y otras catástrofes naturales, huelgas y paros ilegales, defectos propios de los archivos almacenados en sus instalaciones, fallas en los sistemas de detección y contención de incendios no imputables a faltas en la mantención programada de dichos sistemas, cortes de energía eléctrica, y, en general, cualquier otra causa que esté más allá del control razonable de MEGA ARCHIVOS que haga imposible o más onerosa la prestación de los Servicios encomendados.

    MEGA ARCHIVOS deberá notificar al CLIENTE tan pronto sea posible, y en un plazo máximo de 3 días hábiles, de la ocurrencia de todo hecho que determine la suspensión de la operación de sus instalaciones y que sea susceptible de calificarse de caso fortuito o fuerza mayor.

    MEGA ARCHIVOS deberá desplegar sus mejores esfuerzos por reanudar las operación de sus instalaciones y mantendrá informado al CLIENTE de toda novedad al respecto, procurando, dentro de sus posibilidades, colaborar con el CLIENTE en la recuperación de aquella información que pueda ser recuperada desde los archivos siniestrados a consecuencia del caso fortuito y enviar todos los antecedentes, certificados e información que se encuentre en su poder y que diga relación con el caso fortuito o fuerza mayor correspondiente, de manera que el Cliente pueda proporcionar la misma a la autoridad, a sus propios clientes, a sus aseguradores y a quien estime necesario.

     

    1. CUMPLIMIENTO NORMATIVA LEY N° 20.393

    MEGA ARCHIVOS en observancia de la Ley N° 20.393, que estableció la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, implementó un modelo de prevención de delitos, instrumento que regula la relación de MEGA ARCHIVOS con sus contratistas, subcontratistas, agentes, proveedores y cualquier otra empresa, organismo o entidad con la cual contrate.

    El CLIENTE se obliga a cumplir rigurosamente y de buena fe con todas las leyes y regulaciones aplicables al presente contrato.

    En especial, el CLIENTE declara conocer que MEGA ARCHIVOS ha implementado un Modelo de Prevención de Delitos según lo disponen los artículos 3° y 4° de la Ley 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas por los delitos de cohecho, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, entre otros, incluidos los demás delitos que en lo sucesivo se incorporen al catálogo contenido en el artículo 1 de la referida ley, y sus modificaciones posteriores.

    Dicho modelo de prevención se encuentra a disposición del CLIENTE quien en este acto declara haberlo leído y aceptado en todos sus términos. A mayor abundamiento, el CLIENTE se obliga a no realizar ninguna actividad que pueda ser considerada constitutiva de delito, y muy especialmente a dar pleno y cabal cumplimiento a las obligaciones de supervigilancia y dirección que la ley 20.393 le ha impuesto respecto de sus empleados y colaboradores.

    En caso de que el CLIENTE tuviera noticia de la ocurrencia de alguno de estos hechos que actual o potencialmente pudieran impactar de cualquier forma a MEGA ARCHIVOS sea en su responsabilidad penal o civil, en su crédito o fama, deberá informar de inmediato de este hecho a MEGA ARCHIVOS, sin perjuicio de tomar todas las demás medidas necesarias para evitar o mitigar estos efectos. 

    1. PROTECCIÓN DE DATOS

    MEGA ARCHIVOS declara y garantiza al CLIENTE que:

    1. MEGA ARCHIVOS tratará los datos de carácter personal conforme a las instrucciones y finalidades para las que fueron obtenidos.
    2. No comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas o entidades, salvo autorización expresa de los titulares de los datos personales o del administrador de la cuenta designado por el cliente.
    3. La información y documentación entregada por el cliente será considerada como Activo Crítico para el Sistema de Gestión Integrado, sujeto a los controles de seguridad incluidos en el mismo.
    4. Una vez finalizada la relación contractual, los datos serán destruidos o devueltos a la entidad, según lo estipulado en el Anexo N°1.

    Asimismo, MEGA ARCHIVOS contará con un inventario actualizado de contratos de aquellas entidades a las que presta servicios que puedan tener datos de carácter personal.

    El CLIENTE declara y garantiza a MEGA ARCHIVOS que todos los datos personales contenidos en la documentación entregada a MEGA ARCHIVOS han sido obtenidos en cumplimiento de las leyes de protección de datos aplicables, incluyendo, por tanto, el consentimiento previo e informado de los titulares para el tratamiento de sus datos personales, incluida su comunicación y cesión al prestador de servicios, así como cualquier otra autorización que pudiera ser necesaria para dichos efectos, todo lo anterior de conformidad a lo señalado en las leyes de protección de datos personales aplicables y conforme a los requisitos establecidos en la misma, o cualquier otra que en el futuro pudiera reemplazarla.

    En virtud de lo establecido precedentemente en relación al tratamiento de datos realizado para la prestación de los servicios encargados por el CLIENTE, MEGA ARCHIVOS estará liberado de toda responsabilidad que pudiera derivarse de la falta de autorización e información del titular.

    Por tanto, el CLIENTE deberá mantener indemne a MEGA ARCHIVOS de todo daño o perjuicio, reclamo, multa, demanda, juicio, litigio, acción judicial, u otro que se inicie en su contra, por cualquier concepto derivado de lo señalado precedentemente y del incumplimiento de las obligaciones del cliente establecidas en el presente contrato; comprendidos los gastos asociados a ellos, incluyendo pero no limitado a costas y costos procesales, gastos y honorarios de abogados, que tengan su origen o fundamento en hechos imputables al CLIENTE, sus contratistas y/o personal, que configuren una infracción o incumplimiento a cualquier normativa, especialmente de la Ley N°19.628 y/o demás leyes o normativa de protección de datos personales aplicables.

    Toda información respecto al detalle del proceso que MEGA ARCHIVOS lleva para cumplir con este punto se encuentra publicada en la web bajo el concepto “Políticas de Protección de datos de identificación personal”.

    1. CONTINUIDAD DEL NEGOCIO

     Debido a la naturaleza de los servicios contratados, MEGA ARCHIVOS se obliga a contar con un plan de Continuidad de Negocios, con el objeto que ante escenarios de contingencia le permita la protección de toda la información y antecedentes que sean del Cliente, usuarios o de terceros, y la mantención de los servicios que son materia de este contrato. En este contexto MEGA ARCHIVOS tendrá como objetivo reducir la discontinuidad ocasionada por escenarios de contingencia como, por ejemplo, aquellos ocasionados por caso fortuito, fuerza mayor, desastres naturales, incendios, fallas eléctricas, fallas de equipamiento, fallas de seguridad, accidentes, ausencia de personal, etc.

    El Plan de Continuidad de negocio deberá cubrir, a lo menos, las siguientes eventualidades:

    • Falla en la infraestructura física: originado por desastres naturales, fallas en el suministro de energía eléctrica, etc.
    • Ausencia Masiva de personal: originados por actos terroristas, pandemia, etc.
    • Falla en infraestructura tecnológica: originado por indisponibilidad o fallas mayores de hardware, software, etc.
    • Falla o ausencia del Proveedor: originado por indisponibilidad de un proveedor critico por distintas causas.

    Los Planes deben ser actualizados cada vez que se produzcan modificaciones en los procesos o servicios contratados, equipamientos, instalaciones o en la organización, y en todo caso los Planes deben ser revisados al menos una vez al año, y actualizados en lo que corresponda con la misma periodicidad.

    MEGA ARCHIVOS deberá realizar al menos una prueba de contingencia anual de los referidos planes en todos los escenarios de desastres definidos en los distintos sitios de procesamiento de MEGA ARCHIVOS. El Cliente podrá solicitar a MEGA ARCHIVOS la planificación anual de las pruebas para todos los escenarios acordado.

    MEGA ARCHIVOS programará mantenciones, las cuales serán debidamente informadas y programadas en caso que pueda afectar a la continuidad operaciones.

    1. GESTION DE INCIDENCIAS

     MEGA ARCHIVOS se obliga a comunicar en el menor plazo posible al Cliente, de cualquier incidencia que atente contra la continuidad del negocio del Cliente o del Servicio contratado. Estas incidencias o fallas pueden guardar relación con el funcionamiento de uno o varios componentes de la infraestructura tecnológica, de los procesos operativos o de la explotación del sistema (servidores, software, errores humanos, otros)

    Estas comunicaciones deberán hacerse inicialmente por el medio más expedito que se tenga (telefónico, Whatsapp, o similar acordado entre las partes), debiendo luego hacerse por escrito (vía e-mail, carta u otro) con el fin de poder buscar una solución en conjunto a cada una de las incidencias, indicando, entre otros, la fecha y hora de ocurrencia o afectación, el nombre y descripción de la incidencia, las causas, las medidas de mitigación, entre otros.

    MEGA ARCHIVOS se compromete a dar solución al incidente o falla que cause la interrupción en el servicio, de la manera más rápida y eficaz posible, respetando tiempos de respuestas y de recuperación establecidos.

    1. ARBITRAJE

    Toda duda o conflicto que se produzca entre las partes con motivo del cumplimiento e interpretación del presente Contrato y sus efectos, será resuelto por un árbitro mixto designado de común acuerdo por las partes, quien conocerá del asunto, en única instancia, y en forma breve y sumaria, sin forma de juicio y sin ulterior recurso, renunciando desde ya las partes a la interposición de todos ellos, salvo el de queja. A falta de acuerdo entre las partes, la designación del árbitro será efectuada por la Cámara de Comercio de Santiago A.G., a la que las partes confieren para este efecto mandato especial irrevocable, a solicitud escrita de cualquiera de ellas, de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago A.G, en este caso el árbitro designado tendrá la calidad de árbitro mixto, es decir, arbitrador en cuanto al procedimiento y de derecho en cuanto al fondo. En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno, por lo que renunciamos expresamente a ellos. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción. El solo hecho que cualquiera de las partes recurra a la Cámara de Comercio de Santiago A.G. para el nombramiento de árbitro, implicará la inexistencia de acuerdo entre ellas para efectuar el nombramiento.

    Con todo, las Partes se sujetan a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la comuna y ciudad de Santiago, en todo lo relativo a las gestiones judiciales de cobro de las facturas adeudadas por el CLIENTE. 

    1. CESIÓN

    Ni el presente Contrato, ni los derechos o créditos que de él emanan, podrán ser cedidos ni constituirse ningún tipo de gravamen sobre ellos por ninguna de las Partes a favor de terceros, sin la autorización expresa, previa y escrita de las Partes.

    1. DOMICILIO

    Para todos los efectos legales de este contrato, las partes fijan su domicilio en la Comuna de Santiago.

    1. MODIFICACIONES CONTRACTUALES

    El presente Contrato y sus Anexos, sólo podrán ser modificados mediante documento escrito y firmado por representantes autorizados ambas Partes.

    1. COPIAS

    El presente Contrato podrá suscribirse con firma manuscrita o electrónica en uno o más ejemplares con el mismo efecto que si las firmas estampadas en este y aquellos se encontraren en el mismo instrumento. Cualquier firma de este instrumento privado obtenida por DocuSign, correo electrónico (e-mail) u otros medios electrónicos en formato PDF u otro formato similar se tendrá por una firma manuscrita original para todos los efectos legales, en conformidad con las normas sobre firma electrónica bajo la Ley N° 19.799, y tendrá los efectos que bajo esa ley se asignan a la firma electrónica de un instrumento privado. En caso de encontrarse las Partes de este instrumento domiciliadas en lugares distintos, y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 104 del Código de Comercio, este Contrato se entenderá celebrado y otorgado en la ciudad de Santiago de Chile.