REGLAMENTO PARA LA PROMOCIÓN
Digitaliza tus documentos y recibe un Gestor Documental totalmente gratis por 1 año.

Este Reglamento (en adelante el “Reglamento”) tiene como objeto establecer los términos y condiciones que regirán la promoción que se detalla en este Reglamento, que realizará la empresa ACCESS COSTA RICA, con razón social Document Management Solutions DMS; S.R.L., cédula de persona jurídica 3-102-333279, a quien en adelante y para efectos de este Reglamento se denominará como “ACCESS” o la “Compañía”.

Por el solo hecho de participar en esta promoción, los Participantes (según se definen más adelante en este Reglamento) aceptan todas las reglas de este Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de la Compañía. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de la Compañía en cualquier asunto relacionado a la promoción.

El otorgamiento de cualquiera de los beneficios de esta promoción estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. La Compañía se reservan el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los premios o regalías otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumplan las normas y condiciones aquí establecidas.

ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRE DE LA PROMOCIÓN

El nombre de la Promoción es “Digitaliza tus documentos y recibe un Gestor Documental totalmente gratis por 1 año.” el cual en adelante y para efectos del presente Reglamento se denominará la “Promoción”. El Reglamento de la Promoción será difundido de manera masiva a sus clientes actuales y prospectos que se encuentran en negociación. La promoción no será lanzada al público general.

ARTÍCULO SEGUNDO: DE LOS PARTICIPANTES

Para la presente Promoción participarán únicamente las personas físicas o jurídicas, que cumplan con las siguientes condiciones: (i) ser clientes actuales o prospectos de Access; (ii) que los mismos no tengan algún pendiente de pago o anomalía en la relación comercial con la compañía; (iii) que dentro del plazo de la Promoción cumplan con el procedimiento y requisitos que se establecen en este Reglamento (el “Participante”). Cualquier otra persona que no cumpla con las características antes dichas, no podrán participar la Promoción.

ARTÍCULO TERCERO: INFORMACIÓN DE LOS PARTICIPANTES

Los Participantes estarán obligados a brindar información veraz y exacta, cuando la Compañía lo solicite. Cualquier imprecisión, o el hecho de proporcionar información falsa o inexacta, facultará a Access para descalificar al participante. Cualquier comunicación al Participante relacionada con la Promoción se le hará según los datos consignados por el Participante, los cuales pueden ser actualizados por el Participante cuando este así lo desee.

No podrán participar las siguientes personas: (a). Empleados, ejecutivos y funcionarios de Gente más Gente;

(b). Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta Promoción; y (c). Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.

ARTÍCULO CUARTO. BENEFICIO DE LA PROMOCIÓN

Los participantes obtendrán un beneficio de recibir gratis por un año: 5 licencias de usuario full del sistema Laserfiche (plataforma SaaS Cloud), con almacenamiento de hasta 500GB, a todos aquellos que digitalicen al menos 100 cajas de documentos o bien, 220,000 imágenes (folios) como mínimo para aplicar a la promoción.

ARTÍCULO QUINTO: OBJETO & MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN

Todos los Participantes, a quienes, durante el plazo de la presente Promoción, la Compañía les ofrezca la oportunidad de obtener el Beneficio, o que lo soliciten expresamente llamando al Centro de Servicio al Cliente de la Compañía, por medio de correo electrónico a la dirección [email protected].

La Compañía se reserva el derecho de no otorgar el Beneficio, o revocarlo en cualquier momento, si llegare a determinar que el Participante obtuvo dicho Beneficio, por medio de datos, o información falsa, o que de alguna manera incumplió con los requisitos y procedimiento que establece este Reglamento.

ARTÍCULO SEXTO: PLAZO DE LA PROMOCIÓN

El plazo para participar en esta Promoción es del 12 de septiembre del 2023 y hasta el 31 de octubre del presente año. Este plazo podrá prorrogarse a criterio de la Compañía, quien así lo comunicará a oportunamente. El Participante no podrá exigir el Beneficio, fuera del plazo aquí señalado.

ARTÍCULO SÉTIMO: RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA EN RELACIÓN AL BENEFICIO

La responsabilidad de la Compañía se limita únicamente a otorgar el Beneficio, entre todos los Participantes de la Promoción, por lo que la Compañía no asumirá ningún tipo de responsabilidad, con relación a los bienes o servicios que adquiera el Participante, quien deberá de dirigir cualquier reclamo directamente al proveedor.

ARTÍCULO OCTAVO: DISPOSICIONES FINALES

  • Los Participantes están sujetos a los requisitos, condiciones y restricciones que establece este
  • Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, la Compañía podrá suspender total o parcialmente la Promoción, sin que se genere responsabilidad alguna por dicha suspensión.
  • La Compañía no se hará responsable por los gastos colaterales que implique para el Participante el reclamar y/o retirar el Beneficio. Estos gastos colaterales, incluyen, pero no se limitan a: costos de transporte, parqueos, entre otros.
  • La Compañía se reserva el derecho de suspender o revocar el Beneficio, en aquellos casos en que la Compañía determine que este fue obtenido mediante engaño, fraude u otra actividad ilegal, por parte del Participante.
  • La mecánica de esta Promoción, así como la Propiedad Intelectual derivada de la misma, son propiedad exclusiva de la Compañía.
  • Al participar en la Promoción, se entiende que el Participante conoce y acepta todas las condiciones, requisitos y limitaciones establecidas en este Reglamento, las cuales serán explicadas brevemente por los asesores de servicio de la Compañía, en caso de ser requerido por el Cualquier violación al presente Reglamento y/o a los procedimientos, mecánica y sistemas de aplicación de la Promoción, implicará la inmediata exclusión del Participante de la Promoción y la revocación de sus beneficios.
  • El Beneficio es indivisible, intransferible y no negociable. Para ser acreedor del Beneficio, el Participante deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
  • Territorio. La Promoción será válida y surtirá efectos únicamente dentro de la República de Costa

Cualquier consulta con relación a los términos y condiciones de este Reglamento, o a la Promoción, deberá de ser remitida a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este Reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.